Procedimientos administrativos para solicitud de licencias
La licencia de caza es el documento personal e intransferible que acredita la habilitación de su titular para practicar dicha actividad. La práctica del ejercicio de la caza o de la pesca requiere la obtención previa de la licencia correspondiente y la concertación de un seguro obligatorio de responsabilidad civil.
Licencias Interautonómicas
El 14 de octubre de 2015 se materializó el convenio entre varias comunidades autónomas y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para el establecimiento de las LICENCIAS INTERAUTONÓMICAS DE CAZA Y PESCA EN AGUAS CONTINENTALES. Se trata de un documento único (para caza o pesca) que simplifica los trámites administrativos para aquellos cazadores y pescadores que practiquen estas actividades en más de una comunidad autónoma, ya que con las licencias interautonómicas podrán cazar o pescar en los terrenos cinegéticos o ríos de las comunidades adheridas al convenio sin necesidad de realizar trámites adicionales.
Licencia de caza de Andalucía
Licencia de caza de Asturias
Licencia de caza de Cantabria
Licencia de caza de Castilla León
Licencia de caza de Valencia
Licencia de caza de Galicia
Licencia de caza de Madrid
Licencia de caza de Navarra
Licencia de caza de Aragón
Licencia de caza de Baleares
Licencia de caza de Cast. La Mancha
Licencia de caza de Cataluña
Licencia de caza de Extremadura
Licencia de caza de La Rioja
Licencia de caza de Murcia
Licencia de caza de País Vasco
Licencia de caza de Interautonómica